Aprobada la nueva ley de protección animal

El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes en segunda vuelta la ley de protección animal impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que eleva las penas por maltrato, abandono y sacrificio de animales, según precisa el Departamento ministerial que lidera Ione Belarra.

La portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, lo ha anunciado destacando su función de «proteger y garantizar el bienestar animal«, así como de «asentar las bases para un marco legal común» en toda España, puesto que consideran a los animales de compañía «un miembro más de las familias».

El proyecto legislativo ha vuelto así al Consejo de Ministros seis meses después de la primera aprobación y está listo para iniciar su tramitación parlamentaria. Se trata de una de las iniciativas centrales para Unidas Podemos, socio minoritario de la coalición, que ya demandó el año pasado su agilización.

Esta primera ley de derechos animales «nos hace más humanos» al acabar con la «impunidad» de los maltratadores, con penas de cárcel y multas que podrán llegar a los 200.000 euros, ha aseverado a los medios en un vídeo la ministra Belarra. «La gran mayoría de nuestra sociedad cuida, quiere y respeta a los animales y queremos que nuestro país tenga una legislación a su altura», ha añadido.

¿Cuáles son los cambios principales que introduce la ley?

En el departamento que dirige Ione Belarra destacan que se trata de una norma «pionera» para «proteger y garantizar» los derechos de los animales, estableciendo un marco legal común para el conjunto del territorio:

-Se endurecen las penas por maltrato animal, que en caso de resultado de muerte llega a penas de hasta los 24 meses, que se elevarán hasta los 36 meses en el caso de que concurra más de un agravante. En esta medida se incluye a todos los animales vertebrados (por ejemplo, jabalíes), cuyo maltrato no conllevaba «ningún reproche penal» hasta ahora, ha destacado el ministerio.

-Queda prohibido sacrificar animales de compañía, salvo por motivos sanitarios y eutanásicos.

-Todos los animales de compañía deberán estar identificados. Todos los perros serán considerados “de compañía”, si bien los canes «de trabajo» -por ejemplo, los perros guía, policía, de caza o pastores- contarán con disposiciones adicionales que regularán su actividad de forma independiente.

-La cría solo podrá ser ejercida por criadores registrados y profesionales.

-Queda prohibida la comercialización de perros, gatos y hurones en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales.

-Se prohíben los circos con animales salvajes.

-Los zoos y delfinarios se reconvertirán en centros de recuperación de especies autóctonas.

-Se prohíbe la utilización de animales en actividades y espectáculos en los que puedan sufrir daño o muerte, como las peleas de gallos o el tiro al pichón.

¿Qué animales quedan excluidos?

De esta reforma legal quedan excluidos los animales de los espectáculos taurinos, los animales de producción y los animales de experimentación e investigación, incluida la docencia.

Sin embargo, sí quedan incluidos los perros de caza, que deberán quedar inscritos como tal en el nuevo Registro de Animales de Compañía y deberán estar vinculados a la licencia de caza de su titular y prevé la esterilización de estos si se mantienen en el exterior de viviendas o pueden tener contacto no controlado con otros, entre otras medidas o si conviven en el mismo espacio canes de distinto sexo.